Acreditación de Competencias

La acreditación de competencias es un proceso mediante el cual se otorga una acreditación oficial, previa evaluación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación. 

Las personas que participen en el proceso de acreditación podrán ver acreditadas unidades de competencia que constituyen una parte de un título de Formación Profesional o de un Certificado de Profesionalidad. 

¿QUIÉN PUEDE ACREDITAR LAS COMPETENCIAS ADQUIRIDAS? 

  • Una persona que ha adquirido sus conocimientos profesionales desarrollando una actividad laboral y no tiene titulación. 
  • Una persona que ha abandonado sus estudios para incorporarse al mundo laboral y ha aprendido su profesión en su puesto de trabajo. 
  • Una persona que ha adquirido competencias profesionales desempeñando tareas de voluntariado o como becario. 
  • Una persona que a lo largo de su vida ha realizado actividades no remuneradas que le han permitido adquirir competencias del mundo laboral y se ha formado por vías no formales. 

¿CÓMO INSCRIBIRSE? 

Desde marzo de 2021 se abre un procedimiento permanente, que estará referido a la totalidad de las unidades de competencia profesional incluidas en la oferta existente de Formación Profesional de cada comunidad autónoma vinculada al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. 

El Principado de Asturias se establecen como puntos de información y de orientación: 

  • Los Centros educativos públicos que imparten enseñanzas de Formación Profesional, 
  • Los Centros públicos de Educación para Personas Adultas,  
  • Los centros públicos autorizados para impartir Formación profesional para el empleo 
  • Las oficinas de empleo dependientes del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias 

La solicitud de inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales se presentará de forma preferente en el Registro, en cualquier momento y utilizando el modelo de solicitud:https://sede.asturias.es/Asturias/SERVICIOS/201600033_solicitud_8.pdf

¿QUÉ SE DEBE HACER UNA VEZ ADMITIDA LA INSCRIPCIÓN? 

Una vez se ha producido la inscripción, se inicia propiamente el Procedimiento, que se desarrolla en tres fases:  

  1. Asesoramiento. Un asesor/a acompaña a la persona candidata para que tenga más posibilidades de superar la fase de evaluación.  
  2. Proceso de evaluación. Se podrán demostrar las competencias profesionales para las que se solicita la acreditación.  
  3. Acreditación de la competencia profesional (propiamente dicha). Si se supera el proceso de evaluación, se entrega a la persona candidata una acreditación de cada una de las unidades de competencia reconocidas.  

¿Y LUEGO? 

Al finalizar el procedimiento, se indicará a los participantes la formación complementaria que tendría que cursar, si desea continuar con su formación, para poder obtener el título de Formación Profesional o el Certificado de Profesionalidad correspondiente. 

REQUISITOS DE LA PERSONA CANDIDATA 

Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos: 

  1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración. 
  2. Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años para los niveles II y III. 
  3. Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar: 
    1. En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total. 
    1. En el caso de formación. Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos. 
  4. En los casos en que las unidades de competencia profesional que se van a valorar cuenten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, poseer documento justificativo de cumplir con dichos requisitos.